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Abogado de Inmigración Familiar de Atlanta

Las leyes de inmigración pueden, desafortunadamente, actuar como un obstáculo para reunirse con su familia en los EE.UU. Sin embargo, hay muchas vías de recurso dentro del sistema de inmigración de los EE.UU., y el Shirazi Immigration Law, Inc. puede ayudar a asegurar que sus peticiones sean exitosas. Un método para que un extranjero pueda inmigrar legalmente a los Estados Unidos es obtener el patrocinio de un familiar que sea ciudadano estadounidense o residente legal permanente. Hay una serie de categorías de preferencia que determinan la probabilidad de que su solicitud de inmigración sea aceptada: los familiares directos (padres, cónyuge e hijos solteros menores de 21 años) tienen la mayor preferencia, mientras que los hermanos y hermanas tienen una preferencia menor. Otras opciones de inmigración son los visados temporales (no inmigrantes) para cónyuges e hijos (K-3/4) y los visados para prometidos (e) (K-1).

Inmigración Basada en la Familia: Procedimiento de Solicitud

Para patrocinar la solicitud de inmigración de un familiar, debe presentar el formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, y demostrar lo siguiente:

  • Su patrocinador es un ciudadano o un residente permanente legal de EE.UU.
  • Su patrocinador gana al menos el 125% por encima del nivel de pobreza establecido por el gobierno de Estados Unidos.
  • Usted está relacionado con su patrocinador.

Nuestra firma, Shirazi Immigration Law, Inc., se especializa en negociar con éxito esta burocracia para nuestros clientes. No dejaremos ninguna piedra sin mover para obtener los mejores resultados para nuestros clientes. En los últimos años, lo que una vez fue un proceso relativamente fácil, se ha hecho más difícil por la política del día. Contrate a nuestros expertos abogados de inmigración familiar de Atlanta y asegúrese de obtener la mejor oportunidad de un resultado exitoso en su caso. ¿Sabía usted que si usted o un miembro de su familia tiene experiencia militar, “pueden aplicarse condiciones especiales”, según el sitio web del USCIS? Con las reglas que cambian aparentemente todos los días, usted necesita un abogado que se especialice en los procedimientos de inmigración para proteger plenamente sus derechos.

Categorías de Preferencia de los Familiares

Sin límite: Los familiares directos de los ciudadanos estadounidenses constituyen una categoría especial. Los familiares inmediatos incluyen a los padres del patrocinador, su cónyuge y sus hijos solteros menores de 21 años. Las categorías de preferencia incluyen:

  • Primera preferencia: Hijos adultos solteros (mayores de 21 años) de ciudadanos estadounidenses.
  • Segunda preferencia: Cónyuges de residentes permanentes legales y sus hijos e hijas solteros de cualquier edad.
  • Tercera preferencia: Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses.
  • Cuarta preferencia: Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos.

Puede que le resulte útil la página web de “Familiares de ciudadanos estadounidenses” (USCIS). Si tiene más preguntas sobre las categorías de preferencia, llame ahora a nuestro equipo de expertos dedicados al (404) 523-3611

Si usted tiene un cónyuge, hijos, padres, hermanos o un prometido(a) que necesita una tarjeta verde o una visa (dependiendo de su relación), por favor, póngase en contacto con Shirazi Imigration Law, Inc. hoy para establecer una consulta. Entendemos que nada en la vida es más importante que la familia.

Visados K

Los visados K, en virtud de la Ley de Equidad Familiar para la Inmigración Legal (Ley LIFE) y sus enmiendas, permiten al cónyuge y a los hijos solteros (menores de 21 años) de un ciudadano estadounidense entrar, vivir y trabajar en Estados Unidos como no inmigrantes hasta que reciban el estatus de residentes permanentes legales. El cónyuge recibe un visado K-3 y los hijos reciben visados K-4.

Visado K-1

Las personas interesadas en entrar en Estados Unidos para casarse con un ciudadano estadounidense y residir en el país deben solicitar un visado K-1. El visado K-1 (también conocido como “visado de prometido”) concede al titular el estatus de residente permanente condicional; sin embargo, el matrimonio debe celebrarse en los 90 días siguientes a la llegada a Estados Unidos. Los titulares del visado K-1 pueden recibir una autorización de empleo. Los hijos dependientes de los titulares del visado K-1 pueden acompañar al titular del visado bajo el estatus K-2.

Puede recibir un visado K-3 (Cónyuge) si:

  • Se ha casado con un ciudadano estadounidense.
  • Su cónyuge, ciudadano estadounidense, ha presentado en su nombre el formulario I-130 (Petición de familiar extranjero) ante el USCIS.
  • Quiere entrar en EE.UU. para esperar la aprobación de la petición para convertirse en residente legal permanente.
  • Ha enviado un formulario I-129F (Petición de prometido/a extranjero/a) aprobado al consulado de EE.UU. (que expide los visados de inmigrante) en el país donde se casó. Si se casaron en EE.UU., la petición aprobada tiene que remitirse al consulado que tiene jurisdicción en la zona donde usted reside.

Puede recibir un visado K-4 (Hijo) si:

  • No está casado y es menor de 21 años.
  • Es usted hijo de un extranjero que puede obtener un visado K-3.

La ventaja de obtener un visado de no inmigrante K-3/K-4 es que se le permite trabajar en los Estados Unidos mientras espera a ajustar su estatus a residente permanente legal. Sin embargo, para ello debe tener autorización de empleo.

Nota: No necesitará solicitar un permiso de trabajo después de convertirse en residente permanente legal de EE.UU. porque recibirá una tarjeta de residente permanente que le permite vivir y trabajar permanentemente en EE.UU. Su visado de no inmigrante K-3/K-4 válido le permite viajar fuera de EE.UU. y volver a él, incluso si todavía está esperando su estatus de residente permanente.

Ley de Vida y Enmiendas

La Ley de Inmigración Legal y Equidad Familiar (LIFE) y sus enmiendas, en vigor desde el 1 de abril de 2001, crearon varias categorías nuevas de visados para no inmigrantes, como el grupo de visados V, el visado K-3 y el visado K-4. Estos visados contribuyen tanto a facilitar el proceso de inmigración de miles de personas como a reunir a las familias separadas durante el largo proceso de aprobación de la inmigración.

Las nuevas categorías creadas por esta ley permiten la expedición de visados de no inmigrante a los cónyuges, hijos y, en algunos casos, nietos tanto de extranjeros residentes legales permanentes como de cónyuges de ciudadanos estadounidenses. Los beneficiarios pueden solicitar la admisión en EE.UU. como no inmigrantes y permanecer en el país hasta que la petición de visado sea aprobada o denegada.

La Ley LIFE se dirige específicamente a los cónyuges e hijos para los que no está disponible un visado de inmigrante o un ajuste de estatus como resultado de los retrasos en la tramitación o la falta de vacantes debido a las limitaciones anuales de visados.

Cónyuge de un Extranjero

La ley de inmigración de EE.UU. permite dos métodos para que los ciudadanos estadounidenses traigan a sus cónyuges a EE.UU.: el visado K-1 para prometidos y el visado de inmigrante para cónyuges extranjeros. El visado K-1 se utiliza en situaciones en las que la pareja está comprometida y se va a casar en EE.UU. El visado de cónyuge extranjero, sin embargo, es una vía probada hacia la residencia permanente legal para su cónyuge.

Si el matrimonio tiene lugar en el extranjero, se debe presentar una petición I-130 después del matrimonio. Esta petición debe presentarse generalmente ante el USCIS en los EE.UU. Hay algunas oficinas del USCIS en el extranjero que aceptan visados para cónyuges en determinadas circunstancias, como una embajada o un consulado de los EE.UU.

Es posible que tenga muchas preguntas. Permítanos responderlas todas en relación con el Visado de Cónyuge Extranjero. Llame a nuestra oficina hoy (404) 523-3611.

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